Autor: Ana Bernabéu / Vicente Martínez
La reciente Ley 5/2025 sobre el seguro obligatorio y la responsabilidad civil introduce una profunda reforma en materia de responsabilidad civil derivada de accidentes de tráfico. Esta nueva normativa adapta el marco legal español a la Directiva (UE) 2021/2118 y refuerza la protección a las víctimas. En este artículo analizamos los principales cambios de la Ley 5/2025 y los comparamos con la normativa anterior.
Cambios clave en la Ley 5/2025 sobre el seguro obligatorio de automóviles
- Ampliación del concepto de «vehículo a motor»: Incluye a todos los que superen los 25 km/h o pesen más de 25 kg y superen los 14 km/h. Se incorporan también remolques y semirremolques (MMA superior a 750 kg) y vehículos con propulsión auxiliar como determinados ciclomotores y bicicletas de alta velocidad.
- Obligación de aseguramiento: Todo propietario debe contratar un seguro para estos nuevos supuestos. Se prevé un período transitorio de 6 meses para que los nuevos vehículos afectados puedan adaptarse.
- Cobertura del Consorcio: Durante ese período, los daños serán cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, que podrá repetir contra el responsable civil.
- Nuevas cuantías del seguro obligatorio:
- Daños personales: 70 millones € por siniestro.
- Daños materiales: 15 millones € por siniestro.
- Reclamación previa obligatoria: Con carácter previo a la interposición de la demanda, se exige comunicación extrajudicial a la aseguradora con información mínima del siniestro. El plazo de prescripción se interrumpe desde ese momento.
- Oferta o respuesta motivada: Las aseguradoras deben remitir al perjudicado una oferta motivada de indemnización con toda la documentación o, en su defecto, una respuesta razonada explicando la negativa. Esta documentación es obligatoria para acudir a la vía judicial.
- Valoración médica independiente: Se refuerza el papel del Instituto de Medicina Legal para la emisión de informes periciales cuando no haya acuerdo.
- Impulso a los medios adecuados de solución de controversias (MASC): La norma fomenta que los perjudicados recurran a vías no judiciales para resolver conflictos con las aseguradoras.
- Reconocimiento de nuevos sujetos perjudicados: Se amplía la definición e incluye, por ejemplo, a los familiares de grandes lesionados por los gastos psicológicos durante 12 meses.
- Actualización de tablas e importes indemnizatorios: Se revisan criterios para valorar daños personales, lucro cesante, perjuicio estético y calidad de vida, así como la cobertura de gastos médicos futuros.
Principales diferencias respecto a la normativa anterior
Aspecto | Normativa anterior | Ley 5/2025 |
---|---|---|
Definición de vehículo a motor | Solo vehículos con autorización administrativa para circular. | Se amplía: incluye ciclomotores, bicicletas de alta velocidad, remolques >750 kg, etc. |
Obligación de aseguramiento | Aplicable a vehículos tradicionales. | Se extiende a nuevos tipos de vehículos. Periodo transitorio de 6 meses para adaptarse. |
Intervención del Consorcio de Compensación | Limitada a ciertos casos de vehículos no asegurados. | Cubre los daños causados por nuevos vehículos no asegurados durante el periodo transitorio. |
Coberturas del seguro obligatorio | 60 millones € (personas) / 15 millones € (bienes). | 70 millones € (personas) / 15 millones € (bienes). |
Reclamación previa a la demanda | No sistematizada ni siempre obligatoria. | Requisito obligatorio antes de demandar. Interrumpe el plazo de prescripción. |
Oferta o respuesta motivada del asegurador | Menor exigencia documental. | Obligatoria. Debe incluir documentación detallada o explicación razonada. |
Informes médicos periciales | Papel limitado del Instituto de Medicina Legal. | Intervención reforzada como órgano pericial imparcial en caso de desacuerdo. |
Resolución extrajudicial de conflictos (MASC) | Poco impulsada. | Se fomenta activamente como vía preferente para resolver controversias. |
Sujetos perjudicados | Menor reconocimiento. | Se amplía, incluyendo a familiares de grandes lesionados por gastos psicológicos. |
Baremo de indemnizaciones | Tablas anteriores, sin actualización reciente. | Revisión de tablas y criterios: daños personales, lucro cesante, perjuicio estético, etc. |